Los 5 primeros trámites al llegar a España
¿Acaba de llegar a España o está a punto de hacerlo? Estos son los 5 trámites absolutamente prioritarios para regularizar su situación administrativa lo antes posible.
También disponible en English · Nederlands · Français
Instalarse en España es una aventura maravillosa, pero la burocracia local puede volverse abrumadora si no sabe por dónde empezar. Aquí están, por orden de prioridad, los 5 trámites que debe realizar en sus primeros meses.
1. El NIE — Número de Identificación de Extranjero
Este es EL trámite número 1, sin el cual nada más es posible. El NIE es su número de identificación fiscal español. Lo necesitará para comprar o alquilar un inmueble, abrir una cuenta bancaria, firmar un contrato de trabajo o de energía, matricular un vehículo… en definitiva, para todo.
Cómo obtenerlo: solicite cita en el portal oficial de cita previa de Extranjería con el formulario EX-15, su pasaporte y la tasa 790-012 pagada en el banco (9,84 € en 2026). El NIE se entrega el mismo día.
2. El empadronamiento — inscripción en el ayuntamiento
El empadronamiento es la inscripción en el registro municipal (padrón) de su municipio. Es obligatorio desde que reside en España, incluso temporalmente. Le abre el derecho a la tarjeta SIP (sanidad), ayudas locales, escolarización de los hijos y es exigido para numerosos trámites.
Cómo hacerlo: solicite cita en el Ayuntamiento con su pasaporte y un justificante de domicilio (contrato de alquiler, escritura o declaración del propietario). Gratuito, se entrega el mismo día.
3. La tarjeta SIP — Seguro de Salud
La tarjeta SIP es su pase de acceso al sistema sanitario público español. Sin ella, no hay médico de familia, ni especialista, ni urgencias gratuitas. La expide el centro de salud de su barrio, presentando el empadronamiento y el NIE.
Si proviene de otro país de la UE y todavía está cubierto por su país de origen, solicite el formulario S1 a su entidad de seguridad social nacional antes de partir — le permitirá recibir atención en España mediante coordinación europea.
4. El certificado de residencia UE (para ciudadanos europeos)
Si es ciudadano de la UE y permanece más de 3 meses en España, debe inscribirse en el Registro Central de Extranjeros para obtener su certificado de residencia. Es la misma oficina que el NIE (Policía Nacional). Recibirá un documento verde con su NIE y su domicilio en España.
5. Abrir una cuenta bancaria española
Una cuenta bancaria local es imprescindible desde las primeras semanas: para pagar suministros, recibir el sueldo, pagar impuestos locales o domiciliar recibos. La mayoría de los bancos españoles abren una cuenta presentando el NIE y el pasaporte.
Consejo: si todavía no tiene el NIE, algunos bancos online europeos (N26, Revolut, Wise) permiten abrir una cuenta inmediatamente con su pasaporte belga o francés, mientras espera.
¿En qué orden hacerlo todo?
NIE → Empadronamiento → SIP → Residencia UE → Banco. Para saber más, consulta nuestras guías detalladas sobre el NIE y el empadronamiento.